Temporalidad abusiva: cuatro criterios judiciales para valorar la indemnización
Dos relaciones temporales prolongadas pueden dar lugar a debates distintos sobre la cuantía reparadora. Esta comparación recoge cuatro resoluciones de 2026 sobre personal laboral público. Los importes son referencias de asuntos concretos, no un presupuesto de lo que cobrará otra persona.
Cuatro enfoques que conviene distinguir
| Tribunal y resolución | Enfoque y alcance |
|---|---|
| Cataluña · 3978/2026 | Graduación individualizada. Reconoce 1.500 € por el abuso; al cuantificar valora dos años de abuso, diferenciados de la duración total de la relación. |
| Asturias · 1348/2026 | Graduación por duración del abuso, con referencias de 2.500, 5.000, 7.500 y 10.000 €. En el supuesto examinado reconoce 10.000 €. |
| Galicia · 3293/2026 | Formula un criterio por periodos completos de tres años de abuso. La condena efectiva es de 10.000 €, limitada por la petición subsidiaria. |
| País Vasco · 1908/2026 | Fija 5.500 € por daño moral, con referencia al criterio general acordado por la Sala. No es una tarifa estatal. |
Cataluña: atender al periodo abusivo real
El dato relevante para entender la cuantificación no son simplemente todos los años trabajados. Los 1.500 € de reparación del abuso se distinguen de los 2,97 € adicionales por diferencia de indemnización extintiva. Son conceptos distintos.
Asturias: una graduación por duración
La resolución utiliza tramos temporales para orientar el daño moral. La aplicación de los límites de cada tramo debe hacerse conforme al texto judicial. No debe transformarse esta escala en una regla aplicable automáticamente a toda contratación pública.
Galicia: razonamiento y fallo no son lo mismo
La referencia por periodos contempla importes graduables de hasta 10.000 € o 7.500 €, según la fecha de los hechos, y una posible moderación si se obtiene fijeza. No permite prometer 60.000 € por dieciocho años de antigüedad: primero hay que delimitar el abuso, graduar la reparación y atender a lo pedido.
País Vasco: una referencia general de la Sala
El acuerdo no jurisdiccional citado por la sentencia busca uniformidad interna. No equivale a una ley ni excluye el examen de perjuicios adicionales acreditados.
Qué significa para tu reclamación
Hay que identificar el régimen de empleo, reconstruir el periodo relevante y justificar lo solicitado. El tribunal no puede conceder sin más una cifra superior a lo pedido. Esta selección de resoluciones no acredita su firmeza ni sustituye la comprobación de la jurisprudencia aplicable al preparar una demanda.
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Solicitar estudio de mi situación ↗Fuentes: textos de las resoluciones comentadas
- STSJ Cataluña 3978/2026, 6 de julio, rec. 90/2025. ECLI:ES:TSJCAT:2026:5834.
- STSJ Asturias 1348/2026, 14 de julio, rec. 2318/2025. ECLI:ES:TSJAS:2026:1941.
- STSJ Galicia 3293/2026, 15 de julio, rec. 2171/2025. ECLI:ES:TSJGAL:2026:4779.
- STSJ País Vasco 1908/2026, 28 de julio, rec. 378/2026. ECLI:ES:TSJPV:2026:2729.